Anuncio de licitación de: Comité Ejecutivo de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla. Objeto: Obras correspondientes al Proyecto 05/25 de adecuación de los bastidores de los sistemas de recuperación de energía de la línea de producción 2 de la desalinizadora de Alicante (AC/Alicante). Expediente: O-05/25-03.
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
BOE-B-2026-19480
Texto literal del BOE, sin resumir
1. Poder adjudicador: 1.1) Nombre: Comité Ejecutivo de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla. 1.2) Número de identificación fiscal: Q3017002A. 1.3) Dirección: Mayor, 1. 1.4) Localidad: Cartagena. 1.5) Provincia: Murcia. 1.6) Código postal: 30201. 1.7) País: España. 1.8) Código NUTS: ES620. 1.9) Teléfono: 968320014. 1.10) Fax: 968320224. 1.11) Correo electrónico: contratacion@mct.es 1.12) Dirección principal: http://www.mct.es 1.13) Dirección del perfil de comprador: https://contrataciondelestado.es/wps/poc?uri=deeplink:perfilContratante&idBp=APhUgYQcJXw%3D 2. Acceso a los pliegos de contratación: Acceso libre, directo, completo y gratuito a los pliegos de la contratación, en https://contrataciondelestado.es/wps/poc?uri=deeplink:detalle_licitacion&idEvl=UZzTTGblBFKkU02jNGj1Fw%3D%3D 3. Tipo de poder adjudicador y principal actividad ejercida: 3.1) Tipo: Autoridad estatal. 3.2) Actividad principal ejercida: Protección del medio ambiente. 5. Códigos CPV: 45252126 (Trabajos de construcción de plantas de tratamiento de agua potable). 6. Lugar del emplazamiento principal de las obras: ES620. 7. Descripción de la licitación: Obras correspondientes al Proyecto 05/25 de adecuación de los bastidores de los sistemas de recuperación de energía de la línea de producción 2 de la desalinizadora de Alicante (AC/Alicante). 8. Valor estimado: 525.080,72 euros. 9. Información sobre las variantes: No se aceptarán variantes. 10. Duración del contrato, acuerdo marco o sistema dinámico de adquisición: 12 meses. 11. Condiciones de participación: 11.3) Situación personal: 11.3.1) Capacidad de obrar. 11.3.2) No prohibición para contratar. 11.3.3) No estar incurso en incompatibilidades. 11.3.4) Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social. 11.3.5) Cumplimiento con las obligaciones tributarias. 11.3.6) Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.. 11.3.7) K8-3-Estaciones de tratamiento de aguas.(superior a 360.000 euros e inferior o igual a 840.000 euros). 11.4) Situación económica y financiera: Cifra anual de negocio (volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en funciónde las fechas de constitución o de inicio de las actividades del empresario y de presentación de las ofertas porimporte mínimo 787.621,08 Euros (no superior a 1,5 veces el valor estimado del contrato, excepto encasos debidamente justificados como los relacionados con los riesgos especiales vinculados a lanaturaleza de las obras) Cuando el contrato se divida en lotes, el criterio se aplicará en relación con cada unode los lotes). 11.5) Situación técnica y profesional: Trabajos realizados (relación de las obras ejecutadas en el curso de los últimos 5 años. Las obras deberán ser del mismo tipode las incluidas en el grupo y subgrupo de clasificación señalada para el lote o lotes a los que concurra,avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar deejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y sellevaron normalmente a buen término. Los certificados de buena ejecución de las obras incluidas en larelación cuyo destinatario fuese una entidad del sector público serán comunicados directamente al órganode contratación por la entidad contratante de las obras.A estos efectos, las obras ejecutadas por una sociedad extranjera filial del contratista de obras tendrán lamisma consideración que las directamente ejecutadas por el propio contratista, siempre que este últimoostente directa o indirectamente el control de aquélla en los términos establecidos en el artículo 42 delCódigo de Comercio. Cuando se trate de obras ejecutadas por una sociedad extranjera participada por elcontratista sin que se cumpla dicha condición, solo se reconocerá como experiencia atribuible al cont
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