EL CÓDICE

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Año 2026
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17 jun 2026

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Segura relativo a la Información Pública del inicio del trámite de competencia de proyectos de una concesión de aguas subterráneas. T.M. Yeste (Albacete) CPR-0001/2025.

Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

BOE-B-2026-20587

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Texto literal del BOE, sin resumir

La Confederación Hidrográfica del Segura O.A. ha recibido la siguiente solicitud de inicio del trámite de competencia de proyectos: - Referencia expediente: CPR-0001/2025. - Tipo de solicitud: concesión de aguas subterráneas de dominio público hidráulico. - Solicitante: Comunidad de Regantes Acequia de Arriba. - Caudal de agua solicitado: 180 l/s. - Volumen máximo anual: 669,600 m³. - Destino del aprovechamiento: Uso regadío (372 ha). - Acuífero: Humoso-Juan Quílez (código 194). - Masa de agua subterránea: Fuente Segura – Fuensanta (código 070.016). - Término municipal donde se localiza la actuación: Yeste (Albacete) De conformidad con el artículo 105 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, se abre un plazo de UN (1) MES, a contar desde la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado, para que el peticionario presente su petición concreta y el documento técnico correspondiente. La petición deberá incluir los documentos previstos en el Reglamento del Dominio Público Hidráulico (artículo 106): a) Proyecto, suscrito por técnico competente, en el que se determinen las obras e instalaciones necesarias, justificándose los caudales a utilizar, los plazos de ejecución y, si se tratase de riegos en régimen de servicio público, los valores máximos y mínimos de las tarifas correspondientes, que habrán de incorporar las cuotas de amortización de las obras. El proyecto podrá ser sustituido por un anteproyecto, en el que queden definidas las características del aprovechamiento, las obras y las afecciones en grado suficiente para llevar a cabo una información pública o resolver una posible competencia de proyectos, quedando obligado el peticionario a completar el grado de definición si este Organismo la considerase todavía insuficiente. El documento técnico que se presente debe incluir un plano cartográfico donde se señalarán el punto o puntos de toma de agua, referencia catastral de las parcelas donde se encuentren, así como el esquema del resto de las instalaciones necesarias para el aprovechamiento pretendido y documentación catastral que identifique las parcelas. En el supuesto de que se solicite la declaración de utilidad pública, a efectos de expropiación forzosa, el documento técnico deberá recoger la relación concreta e individualizada de los bienes o derechos que considere de necesaria expropiación, así como las referencias catastrales de las parcelas afectadas. Si se pretende la imposición de servidumbres se cumplirán los requisitos que se señalan para esta finalidad en el Reglamento del Dominio Público Hidráulico. b) Al tratarse de una solicitud de concesión para riegos, deben aportarse los documentos públicos o fehacientes que acrediten la propiedad de la tierra a regar, o en el caso de concesiones solicitadas por comunidades de usuarios o en régimen de servicio público, los documentos que justifiquen haber sido aprobada la solicitud de concesión en Junta general o tener la conformidad de los titulares que reúnan la mitad de la superficie a regar, respectivamente. Si la solicitud planteada por una comunidad de usuarios contempla la ampliación de su superficie regable, además de la justificación de haber sido aprobada la solicitud de concesión en Junta general, deberán acompañarse los documentos públicos o fehacientes que acrediten la propiedad de la tierra a incorporar a la comunidad y la conformidad de sus propietarios. c) En solicitudes de concesión para riegos debe incluirse un estudio agronómico que abarcará como mínimo un cálculo de la dotación de agua referido a cada uno de los meses en que el riego es necesario y, si la concesión es para un nuevo regadío, un estudio económico de la transformación de secano a regadío que permita dictaminar sobre la procedencia o improcedencia de la misma. Asimismo, la solicitud se acompañará de un análisis y propuesta de buenas prácticas para limitar la contaminación difusa y exportación de sales, especialmente en las zonas declaradas vulnerables. Dur