Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Granada, por la que se declara, en concreto, de utilidad pública, el proyecto denominado Cierre de L.A.M.T Gualchos-Rubite entre apoyos A609937 y CD 52195 Cortijillos, sita en parajes Umbría de Chinchilla, Barranco de Doña Ana, Los García y Los Espinares, en el término municipal de Lújar (Granada).
Comunidad Autónoma de Andalucía
BOE-B-2026-23504
Texto literal del BOE, sin resumir
En relación con dicho asunto consta en el expediente (E-6160) los siguientes Antecedentes de hecho Primero.- Con fecha 6 de mayo de 2022, por parte de E-Distribución Redes Digitales, S.L.U., con CIF B82846817 y domicilio a efectos de notificaciones en la calle Escudo del Carmen, 31 de Granada, se presentó escrito y otra documentación solicitando la declaración, en concreto, de la utilidad pública proyecto denominado Cierre de L.A.M.T Gualchos-Rubite entre apoyos A609937 y CD 52195 Cortijillos, sita en parajes Umbría de Chinchilla, Barranco de Doña Ana, Los García y Los Espinares, en el término municipal de Lújar (Granada). Segundo.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se remitieron las respectivas separatas del proyecto, solicitando informe, a las Administraciones Públicas y entidades y empresas de servicios de interés general afectados, en este caso, al Ayuntamiento de Lújar y la Delegación Territorial en Granada de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, que emitieron contestación favorable. Tercero.- De conformidad con lo previsto en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, se sometió el expediente al trámite de información pública, insertándose el correspondiente anuncio en el Boletín Oficial del Estado de fecha 20 de septiembre de 2023, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de fecha 15 de septiembre de 2023 y en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada de 28 de junio de 2023. Del mismo modo, se publicó en el diario Granada Hoy del día 20 de septiembre de 2023, se expuso en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Lújar por el plazo establecido y se publicó el anuncio y su memoria en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía. Salvo error u omisión, no consta que se haya recibido ningún escrito de alegaciones. Cuarto.- Con fecha 15 de marzo de 2026 se dictó por esta Delegación Territorial, resolución concediendo, respecto de dicho proyecto, la correspondiente autorización administrativa previa y de construcción. Quinto.- Respecto de la relación de bienes y derechos afectados, se ha actualizado los datos relativos a la titularidad catastral de de las fincas incluidas en la misma, por lo que, los mismos pueden diferir respecto de los publicados en los anuncios de información pública. Fundamentos de Derecho Primero.- Esta Delegación Territorial es competente para dictar la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.1a.) del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo; el artículo 117 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía; el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías; el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía; el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía (en su redacción vigente dada por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto); así como, en la Orden de 28 de marzo de 2025, de la Consejería de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería, cuya disposición quinta delega en las personas titulares de las Delegaciones Territoriales de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas, en sus respectivos ámbitos «7. En materia de expropiación forzosa, la tramitación y resolución de los procedimientos de expropiación forzosa, en todas sus fases, cuando la expropiación afecte a bienes situados en una sola provincia». Por lo cual, esta resolución se entenderá dictada por la persona titular de la Consejería de Industria, Energía y
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