Anuncio de la Delegación Territorial en Sevilla de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, y de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía en Sevilla por el que se convoca para el Levantamiento de Actas Previas a la Ocupación de determinadas fincas afectadas por el Proyecto de Proyecto de Ejecución de cierre LMT De La L/Cruce_Fu 15 Kv de la SET "Monclova" entre los apoyos A349997 y A291846 en el T.M. de La Campana (Sevilla), ubicada en los Términos Municipales de La Campana (Sevilla) Nuestra referencia: SVE/JGC/GMR Expediente: 292.163 R.A.T.: 112.887.
Comunidad Autónoma de Andalucía
BOE-B-2026-23506
Texto literal del BOE, sin resumir
Por Resolución de fecha 4 de marzo de 2025, la Delegación Territorial en Sevilla de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas, se concede a favor de la mercantil la declaración en concreto de utilidad pública, a efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso, de la infraestructura de evacuación de la instalación de generación de energía eléctrica denominada "Monclova", ubicada en el término municipal de La Campana (Sevilla). Efectuadas las notificaciones pertinentes establecidas en la norma, dicha resolución se ha publicado en los siguientes boletines oficiales: BOJA nº 65 – 4 de abril de 2025 BOP nº 56 – 24 de marzo de 2025 BOE nº 86 – 9 de abril de 2025 Las características principales de la instalación eléctrica son las siguientes: Peticionario: EDISTRIBUCION REDES DIGITALES, S.L.U. Domicilio: AVENIDA DE LA BORBOLLA Nº 5 Emplazamiento: Apoyo nuevo nº1 hasta el apoyo existente A291846 Finalidad de la instalación: Mejorar las condiciones de seguridad, la calidad del suministro y aumentar la capacidad de transporte de las instalaciones de distribución eléctrica de la zona. T.M. afectados: Campana, La (Sevilla) LÍNEA ELÉCTRICA: Origen:LAMT: Nuevo apoyo Nº 1, LSMT: nuevo apoyo Nº8 Final: LAMT: nuevo apoyo Nº8, LSMT: A291846 existente Tipo: Aérea/subterránea Longitud en Km.: LAMT: 0,746/LSMT: 0,563 Tensión en servicio: 15 (20) KV Conductores: LAMT: 47AL1/8–ST1A (antes LA-56)/LSMT: RH5Z1 18/30 KV 3(1x240) mm² Al Dicha declaración lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados, e implica la urgente ocupación, de conformidad con lo establecido en el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y con el artículo 149.1 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación, adquiriendo la empresa solicitante la condición de beneficiario en el expediente expropiatorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2. de la Ley de Expropiación Forzosa. En su virtud, esta Delegación de la Junta de Andalucía en Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, ha resuelto convocar a los titulares de bienes y derechos afectados para que comparezcan en el/los Ayuntamiento/s donde radica la finca afectada, como punto de reunión para, de conformidad con el procedimiento que establece el precitado artículo 52, llevar a cabo el levantamiento de las actas previas a la ocupación y, si procediera, el de ocupación definitiva. El levantamiento de actas previas a la ocupación tendrá lugar el día 17 de septiembre de 2026, en horario de mañana, en el Ayuntamiento de La Campana (Sevilla). El orden de levantamiento de Actas se comunicará a cada interesado mediante la oportuna cédula de citación, figurando la relación de titulares convocados en el tablón de edictos del Ayuntamiento señalado y como ANEXO de este anuncio. Si por causa de fuerza mayor no pudiera realizarse el levantamiento de la mencionada acta previa a la ocupación de las fincas, se entiende que se realizará el primer día hábil siguiente, con igual horario. A dicho acto los interesados, así como las personas que sean titulares de cualquier clase de derechos o intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente o representados por persona debidamente autorizada, aportando los documentos acreditativos de su titularidad y el último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles, pudiendo acompañarse, a su costa, de perito y un notario, si lo estiman oportuno. En el caso de que se haya obtenido algún tipo de acuerdo escrito con la empresa beneficiaria, relativo al asunto, no será precisa la asistencia, aportándose en todo caso dicho acuerdo alcanzado con la misma. El presente anuncio se notificará al/a los Ayuntamiento/s donde discurren
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