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30 ene 2026

Resolución de la Presidencia de la Autoridad Portuaria de Las Palmas de actualización de las tarifas máximas del servicio portuario de remolque en los puertos de Las Palmas (que incluye Salinetas y Arinaga), Arrecife y Puerto del Rosario (ejercicio 2026).

Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible

BOE-B-2026-2409

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Texto literal del BOE, sin resumir

La Presidenta de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, ejerciendo las competencias delegadas mediante Resolución del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, reunido en sesión de fecha 21 de diciembre de 2023, para la actualización de las tarifas máximas de los servicios portuarios prestados en los puertos gestionados por la Autoridad Portuaria de Las Palmas, de conformidad con el contenido del art. 113.4.h) TRLPEMM y los Pliegos de Prescripciones Particulares de los respectivos servicios portuarios, con fecha 14 de enero de 2025 aprueba la actualización de las tarifas máximas del servicio portuario de remolque en los puertos gestionados por la Autoridad Portuaria de Las Palmas, conforme al contenido de la prescripción 23ª Pliego de Prescripciones Particulares del Servicio portuario de remolque en los Puertos de Las Palmas (que incluye Salinetas y Arinaga), Arrecife y Puerto del Rosario en vigor, resultando las tarifas máximas a aplicar en el período comprendido entre el 16 de enero del año 2026 y el 15 de enero de 2027, en función del arqueo acumulado del año 2025, las establecidas en el RANGO del CUADRO T+2, debidamente actualizado conforme a la variación de costes, y que se reproduce a continuación, sin perjuicio de la revisión extraordinaria que, en su caso, se realice: - Tarifas máximas actualizadas, en función de los GT del año anterior, corresponden al cuadro T+2: TARIFA PLANA T+2 (122.317.241 - 132.102.320) DESDE GT HASTA GT TRÁFICO GENERAL TRÁFICO EN RÉGIMEN DE TRÁNSITO MARÍTIMO INTERNACIONAL FIJO VARIABLE FIJO VARIABLE 0 500 185,20 € 0,03513348 145,48 € 0,02759936 501 1.500 220,46 € 0,05905749 173,19 € 0,04639411 1.501 3.000 273,38 € 0,06156275 214,76 € 0,04836163 3.001 5.000 308,65 € 0,06341442 242,46 € 0,04981652 5.001 10.000 546,75 € 0,06482587 429,51 € 0,05092482 10.001 15.000 749,59 € 0,07933223 588,85 € 0,06232061 15.001 20.000 687,86 € 0,08364475 540,35 € 0,06570826 20.001 25.000 961,23 € 0,10243661 755,11 € 0,08047142 25.001 30.000 839,54 € 0,10953532 659,51 € 0,08604864 30.001 35.000 851,00 € 0,10923604 668,51 € 0,08581308 35.001 40.000 978,87 € 0,11558559 768,97 € 0,09080043 40.001 45.000 855,41 € 0,11868072 671,98 € 0,09323231 45.001 50.000 899,50 € 0,11893656 706,62 € 0,09343312 50.001 55.000 837,77 € 0,12167931 658,13 € 0,09558793 55.001 60.000 881,86 € 0,12196990 692,76 € 0,09581577 60.001 65.000 899,50 € 0,12443075 706,62 € 0,09774854 65.001 70.000 970,05 € 0,13217340 762,03 € 0,10383163 70.001 75.000 925,96 € 0,13569331 727,39 € 0,10659563 75.001 80.000 943,59 € 0,13569331 741,26 € 0,10659563 80.001 999.999 952,41 € 0,13569331 748,19 € 0,10659563 - Tarifas máximas actualizadas por maniobras especiales: "Las maniobras especiales, conforme a la definición que se contiene en el apartado c) de la prescripción 23ª, con una duración superior a 60 minutos, se aplicará un recargo de 1.570,47 euros por hora o fracción que supere esos 60 minutos considerados habituales para los remolcadores de una potencia igual o superior a 2.500 hp, y un recargo de 385,73 euros por hora o fracción para los remolcadores de eslora inferior a 20 metros y calado menor o igual a 3 metros." - Tarifas máximas actualizada