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Año 2026
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21 ago 2026

Resolución de 17 de agosto de 2026, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería de la Junta de Extremadura, por la que se da publicidad a la solicitud de modificación normal del pliego de condiciones de la IGP "Ternera de Extremadura" y se inicia el correspondiente procedimiento nacional de oposición.

Comunidad Autónoma de Extremadura

BOE-B-2026-27525

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Hablando claro

La Junta de Extremadura abre un período de dos meses para que cualquier persona o empresa pueda objetar a los cambios que se proponen en las reglas de la IGP «Ternera de Extremadura», una denominación de calidad protegida para carne de vacuno. Los cambios incluyen permitir una nueva raza de ganado (Blonda de Aquitania), ajustar las edades de los animales, excluir el sacrificio y despiece del proceso regulado, y actualizar normas de control y etiquetado.

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Cómo te afecta

Te afecta si eres productor, comerciante o transformador de ternera en Extremadura, ya que estas modificaciones cambiarán los requisitos y características que debe cumplir tu producto para poder etiquetarlo como IGP «Ternera de Extremadura». También te afecta si tienes legítimos derechos o intereses en el sector ganadero extremeño, porque tienes derecho a presentar una oposición motivada en los dos meses siguientes a la publicación de esta resolución en el BOE.