Anuncio de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Granada, por el que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa previa y de construcción y de declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto denominado «adecuación de la LAAT DC "Fargue –Valcaire" "Órgiva-Valcaire" a 132 kV y nuevo apoyo T3 de entronque por conexión de la LAAT de evacuación P.F.V. Santa María y Jesús», en el término municipal de Padul (Granada).
Comunidad Autónoma de Andalucía
BOE-B-2026-3103
Texto literal del BOE, sin resumir
Se publica el presente anuncio en virtud de lo tramitado en el expediente (E-8199) y de acuerdo con los siguientes términos: 1. De conformidad con lo establecido en los artículos 54, 55 y 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa previa y de construcción y la declaración, en concreto, de utilidad pública, del proyecto de referencia, cuyas características principales se señalan a continuación: a) Peticionario: E-Distribución Redes Digitales, S.L.U, con CIF nº B82846817 y domicilio a efectos de notificaciones en la Avenida de la Borbolla, nº 5 de Sevilla. b) Objeto de la petición: autorización administrativa previa y de construcción y la declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación eléctrica denominada «Adecuación de la LAAT DC "Fargue –Valcaire" "Órgiva-Valcaire" a 132 kV y nuevo apoyo T3 de entronque por conexión de la LAAT de evacuación P.F.V. Santa María y Jesús» en el término municipal de Padul (Granada). c) Emplazamiento: la línea discurre por las fincas relacionadas en el anexo dentro del término municipal de Padul. d) Características: E-Distribución Redes Digitales, S.L.U. dispone dentro de su Red de Distribución de la Línea Aérea de doble circuito "Fargue–Valcaire" y "Órgiva-Valcaire" a 132 kV con conductor LA-280. Para la evacuación de la energía eléctrica generada por las nuevas plantas fotovoltaicas Santa María y Jesús está prevista nueva línea subterránea doble circuito a 132 kV a realizar por el promotor en otro proyecto y que posteriormente cederá dichas instalaciones a E-Distribución Redes Digitales. Se plantea la adecuación de la línea existente en el tramo entre los apoyos T2 y T4, con la sustitución del apoyo T3 existente por nuevo apoyo T3 de entronque para la conexión de las líneas de evacuación de las plantas fotovoltaicas Santa María y Jesús (objeto de otro proyecto). Desde el nuevo apoyo de entronque T3 se realizará nuevo tendido mediante vano destensado hasta nuevo apoyo T3bis. Dicho apoyo será final de línea de paso aéreo subterráneo para futura entrada/salida a S.E. El apoyo T3bis, la S.E., el nuevo vano destensado entre T3 y T3bis (este último objeto de otro proyecto) y la nueva línea subterránea de doble circuito son responsabilidad exclusiva del cliente. Se instalará nuevo conductor LA-280 y cable de tierra/fibra óptica OPGW48 en la L.A.A.T. DC a 132kV, concretamente entre el nuevo apoyo T3 y el apoyo T4 existente, y se retensará el vano anterior, entre el apoyo T2 existente y el nuevo T3, con conductor LA-280 y cable de fibra AACSR/AVW90/44 existentes. El tramo tiene una longitud total de 827,35 metros, de los cuales 516,36 metros son a retensar. e) Finalidad: adecuación de la línea eléctrica con motivo de la evacuación de energía procedente de dos plantas solares fotovoltaicas. 2. La declaración, en concreto, de utilidad pública, en virtud de lo establecido en el artículo 56.1 de la Ley del Sector Eléctrico, llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, adquiriendo la empresa solicitante la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2. de dicha Ley. 3. Igualmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 56.2 de la citada Ley del Sector Eléctrico, «supondrá el derecho a que le sea otorgada la oportuna autorización, en los términos que en la declaración de utilidad pública se determinen, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o
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