Anuncio de la Delegación del Gobierno en Castilla-La Mancha, por el que se convoca el levantamiento de actas previas a la ocupación de las fincas afectadas por la construcción de la nueva línea aérea de transporte de energía eléctrica a 400 kV, doble circuito, de entrada y salida en la subestación eléctrica LA SAGRA de la línea eléctrica ALMARAZ CN-MORATA, en el término municipal de Numancia de la Sagra, provincia de Toledo.
Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática
BOE-B-2026-3696
Texto literal del BOE, sin resumir
Mediante Resolución emitida por la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, de fecha 5 de noviembre de 2025, (BOE n.º 282, de 24 de noviembre de 2025) se otorgó autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y se declaró, en concreto, de utilidad pública el proyecto de ejecución de la nueva línea aérea de transporte de energía eléctrica a 400 kV, doble circuito, de entrada y salida en la subestación eléctrica La Sagra de la línea eléctrica Almaraz CN-Morata, en el término municipal de Numancia de la Sagra, provincia de Toledo. De conformidad con el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, tal declaración de utilidad pública lleva implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación de los mismos, a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954. Con fecha 11 de diciembre de 2025, y en virtud de lo establecido por el artículo 5 del Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de Expropiación Forzosa, Red Eléctrica de España, en su condición de entidad beneficiaria de la expropiación presentó ante la Delegación del Gobierno en Castilla-La Mancha escrito solicitando el inicio de la tramitación de los procedimientos expropiatorios de los bienes y derechos afectados por las instalaciones correspondientes al proyecto de la nueva línea aérea de transporte de energía eléctrica a 400 kV, doble circuito, de entrada y salida en la subestación eléctrica La Sagra de la línea eléctrica Almaraz CN-Morata, en el término municipal de Numancia de la Sagra, provincia de Toledo y, en consecuencia, la convocatoria para el levantamiento de Actas Previas a la Ocupación y si procediera, las de ocupación definitiva. En cumplimiento del citado artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y conforme a las atribuciones conferidas por el artículo 73.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se convoca a los titulares de los bienes y derechos afectados, cuya relación concreta e individualizada se acompaña al presente anuncio, con independencia de la notificación individual, por cédula, que en los mismos términos se practica a los afectados, para que en el día y hora que se señala en este escrito comparezcan en el Ayuntamiento de Numancia de la Sagra, como punto de reunión, al objeto de proceder al levantamiento de las actas previas a la ocupación y, si procediera, las de ocupación definitiva. El levantamiento de actas tendrá lugar el día 16 de marzo de 2026 a partir de las 9,00 horas. Todos los interesados, así como las personas que sean titulares de cualesquiera derechos e intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente o representados por personas debidamente autorizadas, aportando el Documento Nacional de Identidad, los documentos acreditativos de su titularidad actualizado, preferiblemente, nota simple del registro de la propiedad o en su defecto, escritura pública y el último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles pudiéndose acompañar, si lo estiman oportuno, de Perito y/o Notario, a su costa. Asimismo, en el caso de que existan varios titulares, tanto de la propiedad como de derechos reales o intereses económicos, deberá/n acudir a la presente convocatoria atendiendo a los siguientes criterios: · Si los bienes y derechos son de carácter ganancial, deberán comparecer ambos cónyuges. · Si se trata de una propiedad en proindiviso, deberán acudir todos los cotitulares. · En el supuesto de que exista algún otro interesado como arrendatario, aparcero o acreedor hipotecario
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