EL CÓDICE

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Año 2026
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11 feb 2026

Anuncio de la Dirección General de la Costa y el Mar, en procedimiento aprobado por la O.M. de 28 de noviembre de 2025, de rectificación, para establecer una ribera de mar separada de la línea de deslinde, en el tramo de unos 80 m, comprendido entre los vértices 1580 a 1585', del deslinde aprobado por O.M. de 15 de diciembre de 1994, en el t.m. de Llanes (Asturias). DES01-97-33-0021-DES04-01 DL-44-ASTURIAS.

Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

BOE-B-2026-3953

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Texto literal del BOE, sin resumir

En cumplimiento de la obligación prevista en el artículo 26.2 del Reglamento General de Costas, aprobado por Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, se procede a publicar la Orden Ministerial especificada: "RESOLUCIÓN Examinado el expediente relativo a la relativo a la rectificación, para establecer una ribera de mar separada de la línea de deslinde, en el tramo de unos 80 m, comprendido entre los vértices 1580 a 1585’, del deslinde aprobado por O.M. de 15 de diciembre de 1994, en el paseo marítimo de Celorio, en el t.m. de Llanes (Asturias). ANTECEDENTES: I) Mediante O.M. de 15 de diciembre de 1994 se aprobó el deslinde de los bienes de dominio público marítimo- terrestre del tramo de costa de unos 28.600 metros de longitud poligonal comprendido desde Celorio a Salmoreda, en el término municipal de Llanes (Asturias). Dicho deslinde es firme. II) La representación de Dª. A.M. G. SM. presentó escrito solicitando la revisión del deslinde al objeto de trazar, "en el tramo comprendido aproximadamente entre los vértices 1582 y 1586" una línea de ribera del mar separada de la de deslinde, siguiendo el trazado del paseo marítimo de Celorio, aseverando que el deslinde aprobado en diciembre de 1994 equipara, incorrectamente, la línea de la ribera del mar con la delimitación del dominio público marítimo-terrestre. En este sentido, manifiesta que en el tramo considerado se sigue el trazado de un deslinde previo, aprobado por O.M. de 30 de julio de 1969, que es anterior a la construcción del l paseo marítimo de Celorio (que se produjo en torno a 1975), remarcando, en ese mismo escrito, que cuando se aprobó ese deslinde anterior de 1969, el entrante en cuestión respondía a una bajada natural a la playa, que desapareció con la construcción del citado paseo. III) Según se deduce del informe de la Demarcación de Costas en Asturias que acompaña la solicitud de referencia, las obras de ejecución del paseo de Celorio se iniciaron en 1974, amparadas por el Gobierno Civil de la provincia y la Confederación Hidrográfica del Norte. El Ayuntamiento de Llanes redactó, en 1975, el "proyecto de acondicionamiento para mirador y aparcamiento de los terrenos contiguos a la playa de Palombina, en Celorio, t.m. de Llanes". En la memoria de dicho proyecto se describen las obras a ejecutar, consistentes en acondicionar los terrenos contiguos a la playa de Palombina y la construcción de un mirador y un estacionamiento. El acondicionamiento consistió en un paseo por el borde de la playa, sobre el camino antiguo existente, con un muro de contención en toda la limitación con la playa y unas escaleras de acceso hacia la parte principal de la misma, una amplia zona de estacionamiento y jardines. Todo ello, asimismo, descrito gráficamente en los planos correspondientes, incorporados al citado proyecto y firmados por el aparejador municipal en mayo de 1975. Dicho proyecto fue remitido por el Ayuntamiento de Llanes a la Jefatura de Puertos y Costas del Norte, el 22 de mayo de 1975, a fin de legalizar, con arreglo a la Ley de Costas de 1969, las obras ejecutadas sin autorización en terrenos de dominio público de la playa de Palombina, en Llanes. No se tiene constancia que dichas obras se llegaran a legalizar. IV) La Demarcación de Costas en Asturias remitió, en julio de 2024, informe de la Vigilancia de Costas de fecha 30 de marzo de 2023, así como un estudio de inundación en la playa de Palombina, ensenada de Celorio, en el t.m. de Llanes, suscrito en abril de 2024, por una empresa consultora, de los que se deducen las siguientes circunstancias: - En el informe de la Vigilancia de Costas de 30-03-2023 se indica que "no tiene constancia del alcance mareal en la zona final de paseo (escalera y rampa), en el extremo más próximo al casco urbano de Celorio". - El estudio de inundación de abril de 2024 ha sido elaborado en cumplimiento de lo establecido en la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas y con los criterios técnicos del artículo 4 a) del Reglamento Gen