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10 ene 2026

Extracto de la Resolución de la Secretaría de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades por la que se convocan, por tramitación anticipada, subvenciones para estancias en el extranjero para personal docente e investigador

Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades

BOE-B-2026-446

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Texto literal del BOE, sin resumir

BDNS(Identif.):863379 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/863379) Primero. Personas beneficiarias: Podrán ser personas beneficiarias quienes, en la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes, cumplan los requisitos que se indican a continuación, así como todos los establecidos en el artículo 8 de la resolución de convocatoria. Modalidad senior: Personal docente y/o investigador con vinculación de funcionario de carrera o contractual indefinida, con dedicación a tiempo completo y en servicio activo. Se ha de estar en posesión del título de doctor y haber obtenido el grado de doctor con anterioridad al 1 de enero de 2014. Modalidad junior "José Castillejo": Personal docente y/o investigador con vinculación de funcionario interino o contractual, indefinida o temporal, como mínimo hasta la fecha de finalización de la estancia, con dedicación a tiempo completo y en servicio activo. Se ha de estar en posesión del título de doctor y haber obtenido el grado de doctor con posterioridad al 1 de enero de 2014. En el caso de solicitantes que sean funcionarios de carrera de los cuerpos docentes o escalas de investigación del CSIC y OPIS, con independencia de la fecha de obtención del grado de doctor, deberán concurrir siempre a la modalidad senior. Segundo. Objeto: Financiar estancias de movilidad de personal docente y/o investigador, en centros extranjeros de enseñanza superior e investigación, cuya duración mínima será de tres meses y máxima de seis meses, improrrogables y en un único período. Los profesores y/o investigadores podrán solicitar realizar la estancia desde el 1 de enero de 2027 hasta el 31 de diciembre de 2027. No obstante, aquellos profesores y/o investigadores que deseen realizar la estancia antes, podrán solicitar que la fecha de inicio sea a partir del 1 de septiembre de 2026. En estos casos, cuando la fecha de inicio de la estancia se haya solicitado para 2026, si se concediese la ayuda, ésta sólo tendrá efectos siempre que se acredite el inicio y/o la realización de la estancia en los términos requeridos en la convocatoria y en las fechas establecidas en la resolución de concesión. Los solicitantes que opten por presentar la solicitud al Programa Fulbright deberán solicitar una fecha de inicio a partir del 1 de enero de 2027 para cumplir con los requisitos necesarios para obtener el reconocimiento oficial como beneficiario Fulbright y recibir el visado correspondiente bajo el patrocinio del gobierno estadounidense. Las estancias se solicitarán y concederán, en todos los casos, desde el día 1 del mes de inicio hasta el último día del mes de finalización. La estancia ha de solicitarse para un solo centro de destino, extranjero y ubicado fuera del territorio nacional, que será el centro receptor. Solo en los casos que el candidato acredite un grado de discapacidad igual o superior al 65% no será obligatoria la movilidad al extranjero y el centro receptor podrá ser español y estar, excepcionalmente, en territorio español. Tercero. Bases Reguladoras: Orden CNU/692/2019, de 20 de junio (BOE del 25 de junio), se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas en el marco del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad en I+D+i del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020 destinadas a personas físicas y organismos de investigación y de difusión de conocimientos. Cuarto. Número y cuantía: El número de ayudas previstas es 400 estancias de la Modalidad senior y 260 de la Modalidad junior "José Castillejo Las subvenciones incluirán, en función del país de destino: a) Una dotación mensual en concepto de gastos de alojamiento y manutención entre 2.150