EL CÓDICE

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Año 2026
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16 feb 2026

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. de información pública del expediente de extinción del aprovechamiento de 1,43 l/s de agua procedente de tres (3) manantiales, en los lugares denominados Miranda, Rañadoiros y Miñoteiras, en Cequeliños, término municipal de Arbo (Pontevedra), con destino a uso doméstico. Expediente: A/36/04066/E.

Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

BOE-B-2026-4623

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Texto literal del BOE, sin resumir

De conformidad con lo establecido en el artículo 163.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, modificado por el Real Decreto 665/2023, de 18 de julio de 2023, se somete a información pública, por un plazo de UN (1) MES, contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado, durante el cual podrá comparecer por escrito cualquier persona, incluido el titular del derecho, que pueda resultar afectada por la extinción del mismo, en el Ayuntamiento de Arbo o en la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. (Comisaría de Aguas, Rúa Progreso, 6, 32005, Ourense) o ante el registro de cualquier órgano administrativo y demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Expediente: A/36/04066/E Asunto: Extinción del derecho al aprovechamiento de aguas Titular: Comunidad Usuarios para abastecimiento de San Miguel de Cequeliños Nombre del río o corriente: Tres manantiales Caudal concedido: 1,43 l/s Punto localización: Lugares denominados Miranda, Rañadoiros y Miñoteiras, en Cequeliños Término municipal y provincia: Arbo, Pontevedra Destino: Uso doméstico Título: Resolución de la Confederación Hidrográfica del Norte Fecha: 13 de diciembre de 2004 Registro de Aguas: Inscripción Nº 14235, Sección A, Tomo 0143, hoja número 036 Breve descripción: Extinción del derecho del aprovechamiento de aguas incoado de oficio por este Organismo de cuenca por transcurso del plazo de la concesión, en virtud de lo dispuesto en el artículo 164 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico. No constan servidumbres. Ourense, 11 de febrero de 2026.- El Comisario Adjunto, Alberto de Anta Montero.