EL CÓDICE

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Año 2026
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2 mar 2026

Anuncio de licitación de: Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional. Objeto: Servicio de consultoría especializada en metodología de evaluación basada en los estándares del Grupo de Acción Financiera Internacional. Expediente: 202600000004.

Ministerio de Economía, Comercio y Empresa

BOE-B-2026-6334

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Texto literal del BOE, sin resumir

1. Poder adjudicador: 1.1) Nombre: Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional. 1.2) Número de identificación fiscal: S2826011E. 1.3) Dirección: Paseo del Prado, 6. 1.4) Localidad: Madrid. 1.5) Provincia: Madrid. 1.6) Código postal: 28014. 1.7) País: España. 1.8) Código NUTS: ES300. 1.9) Teléfono: 912099560. 1.10) Fax: 912099769. 1.11) Correo electrónico: secretInformatica@economia.gob.es 1.12) Dirección principal: http://www.tesoro.es 1.13) Dirección del perfil de comprador: https://contrataciondelestado.es/wps/poc?uri=deeplink:perfilContratante&idBp=Ouhh8rkOdH0QK2TEfXGy%2BA%3D%3D 2. Acceso a los pliegos de contratación: Acceso libre, directo, completo y gratuito a los pliegos de la contratación, en https://contrataciondelestado.es/wps/poc?uri=deeplink:detalle_licitacion&idEvl=M0VxUFplwg69Hd5zqvq9cg%3D%3D 3. Tipo de poder adjudicador y principal actividad ejercida: 3.1) Tipo: Autoridad estatal. 3.2) Actividad principal ejercida: Asuntos económicos. 5. Códigos CPV: 79419000 (Servicios de consultoría en evaluación). 6. Lugar principal de prestación de los servicios: ES300. 7. Descripción de la licitación: Servicio de consultoría especializada en metodología de evaluación basada en los estándares del Grupo de Acción Financiera Internacional. 8. Valor estimado: 2.483.582,39 euros. 9. Información sobre las variantes: No se aceptarán variantes. 10. Duración del contrato, acuerdo marco o sistema dinámico de adquisición: 12 meses (la fecha prevista de inicio es el 15 de abril de 2026 o desde el día siguiente a su formalización, de ser esta fecha posterior). 11. Condiciones de participación: 11.3) Situación personal: 11.3.1) Capacidad de obrar. 11.3.2) Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad. 11.3.3) No prohibición para contratar. 11.3.4) No estar incurso en incompatibilidades. 11.3.5) Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social. 11.3.6) Cumplimiento con las obligaciones tributarias. 11.3.7) Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados. 11.3.8) Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.. 11.4) Situación económica y financiera: Cifra anual de negocio (ver apartado 15 del cuadro resumen del PCAP). 11.5) Situación técnica y profesional: 11.5.1) Trabajos realizados (ver apartado 16 del cuadro resumen del PCAP). 11.5.2) Maquinaria, material y equipo técnico para la ejecución del contrato (ver apartado 17.2 del cuadro resumen del PCAP). 12. Tipo de procedimiento: Licitación con negociación acelerado (teniendo en cuenta los plazos de la prestación objeto del contrato y los previstos en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, la no declaración de urgencia en el procedimiento no permite cumplir con los plazos de entrega previstos en el propio pliego de prescripciones técnicas, que se encuentra en línea con el calendario de evaluación establecido en el Apéndice I del documento de Procedures For The FATF AML/CFT/CPF Mutual Evaluations, Follow‑Up And ICRG, adaptado al calendario de la evaluación mutua de España. ). 15. Información sobre la limitación del número de candidatos a los que se invitará: 15.1) Número mínimo de candidatos previsto: 3. 15.3) Criterios objetivos aplicables a la selección del número limitado de candidatos: No se limita el número de candidatos. 17. Condiciones de ejecución del contrato: 17.1) Consideraciones de tipo ambiental (durante la ejecución de las prestaciones del servicio se usarán exclusivamente medios electrónicos, evitando la utilización de papel, envases o embalajes con objeto de conseguir la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero, cumpliendo la obligación establecida por el artículo 202 de la LCSP). 17.2) Consideraciones tipo social (serán condiciones especiales de