Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid relativo a la resolución del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible por la que se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el proyecto de trazado: "Proyecto de actuaciones a corto y medio plazo para la mejora de la accesibilidad del transporte público en la autovía del noroeste A-6. Tramo: Enlace M-50 a enlace Las Matas Sur", de clave 19-M-14470.
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
BOE-B-2026-6348
Texto literal del BOE, sin resumir
El Secretario de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible P.D. del Ministro de Transportes y Movilidad Sostenible (en uso de la competencia establecida en la Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y delegación de competencias en el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (B.O.E. de 25 de septiembre de 2021), modificada por Orden TMA/355/2023, de 10 de abril, la Disposición Adicional Quinta del Real Decreto 253/2024, de 12 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, y el artículo 12 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras), con fecha 18 de febrero de 2026, ha resuelto: 1. Aprobar el expediente de información pública y oficial y aprobar definitivamente el Proyecto de Trazado "Proyecto de actuaciones a corto y medio plazo para la mejora de la accesibilidad del transporte público en la autovía del noroeste A-6. Tramo: Enlace M-50 a enlace Las Matas Sur", de clave 19-M-14470, redactado con fecha diciembre de 2024. 2. De acuerdo con la resolución de aprobación provisional de 3 de abril de 2025 (B.O.E. de 4 de junio de 2025), y conforme a lo previsto en el artículo 12.2 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, modificada por Real Decreto-ley 18/2018, de 8 de noviembre, la aprobación definitiva del Proyecto de Trazado implica la declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación de los bienes, modificación de servicios y adquisición de derechos correspondientes, a los fines de expropiación, de ocupación temporal o de imposición o modificación de servidumbres. 3. Ordenar que durante la redacción del Proyecto de Construcción que se cumplimenten las siguientes prescripciones: 3.1. Se proseguirá la coordinación mantenida con la Confederación Hidrográfica del Tajo en relación con los criterios de diseño del sistema de drenaje, así como para la protección de los bienes adscritos a dicho organismo de cuenca. 3.2. Se tendrán en cuenta en la medida de lo posible las observaciones incluidas en el escrito remitido el 9 de julio de 2025 por el Consorcio Regional de Transportes Públicos de la Comunidad Autónoma de Madrid siempre, siempre que resulten compatibles con la seguridad viaria. 3.3. Se proseguirá la coordinación mantenida con ADIF en relación a estudios de drenaje, servicios afectados, conexiones o afección a proyectos y obras cercanos. 3.4. Se actualizará el contenido del Anejo de Expropiaciones con el fin de componer una relación de afectados veraz y completa, considerando las alegaciones efectuadas relativas a modificaciones de superficies, bienes valorables en ellas o naturaleza y usos de las mismas, así como las referentes a la titularidad de las fincas, siempre que se hayan demostrado fehacientemente las titularidades y estas estén inscritas en los registros oficiales, incluido el Catastro, sin perjuicio de las verificaciones pertinentes en el momento de levantamiento de actas previas. 3.5. Deberá proseguirse la tramitación de la reposición de servicios, de acuerdo con lo dispuesto en la "Circular sobre modificación de servicios en los Proyectos de Obras" de 7 de marzo de 1994. 3.6. Se tendrán en cuenta las conclusiones y medidas recogidas en la Auditoría de Seguridad Viaria practicada sobre el Proyecto de Trazado en septiembre de 2023. 3.7. El presupuesto del proyecto se obtendrá teniendo en cuenta lo establecido en la Orden Circular 4/2023 "Procedimiento para la justificación de precios en la Dirección General de Carreteras y Base de Precios de Apoyo", o versión que la sustituya. 4. Ordenar a la Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad de Madrid que: 4.1. Notifique la Resolución de aprobación según lo dispuesto en los artículos 4 y 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, dará una respuesta razonada a los a
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