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10 mar 2026

Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos, Diálogo Social y de Industria, Energía y Minas en Sevilla, de Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción y Declaración, en Concreto, de Utilidad Pública del Proyecto Sustitución de Tramo de LAMT 15 (20) kV"Barranco" de S.E."Fuente" para conversión a D/C entre los apoyos A200514 y A200516, derivación a P.I. La Palmera, sito en Polígono Industrial La Isla, en el término municipal de Dos Hermanas (Sevilla) ref.: P-8194M. R.A.T: 112731 EXP.: 289843.

Comunidad Autónoma de Andalucía

BOE-B-2026-7399

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Texto literal del BOE, sin resumir

ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO. Con fecha de solicitud 02-11-2021, Edistribución Redes Digitales S.L.U. solicita Autorización Administrativa Previa y de Construcción para la implantación de la instalación de energía eléctrica denominada Sustitución de tramo de LAMT 15(20) KV "Barranco" de S.E. "Fuente_R" para conversión a D/C/ entre los apoyos A200514 Y A200516, derivación a P.I. La Palmera, sito en Polígono Industria La Isla, en el término municipal de Dos Hermanas (Sevilla) REF.: P-8194M, aportando para ello la documentación preceptiva que establece la normativa en vigor y que obra en el expediente de referencia. SEGUNDO. Con fecha 21-09-2022 se completa la solicitud de Autorización Administrativa Previa y de Construcción incluyendo la solicitud de Declaración, en concreto, de Utilidad Pública para la implantación de la instalación de energía eléctrica denominada Sustitución de tramo de LAMT 15 (20) KV "Barranco" de S.E. "Fuente_R" para conversión a D/C/ entre los apoyos A200514 Y A200516, derivación a P.I. La Palmera, sito en polígono Industria La Isla, en el término municipal de Dos Hermanas (Sevilla). Con fecha 04-12-2023 se aporta proyecto modificado. TERCERO. De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se dio traslado por plazo de treinta días de la solicitud y documentos técnicos a la serie de organismos que a continuación se enumeran, ya que según declara el promotor de la instalación, pueden verse afectados por el procedimiento de referencia, a fin de que éstos se pronunciaran al efecto y emitieran el informe y, en su caso, condicionado técnico que correspondiera: • Ayto. De Dos Hermanas • Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (S. G. De Patrimonio) Dándose la circunstancia de que existe conformidad entre los organismos afectados y la peticionaria acorde con la documentación aportada, manifestando conformidad con las alegaciones e informes presentados por los citados organismos afectados en los plazos reglamentarios durante el procedimiento de tramitación, según obra en el expediente de referencia. Asimismo, en base a dicho Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncios en: • BOP de la provincia de Sevilla con fecha 11-06-2024. • BOJA con fecha 22-05-2024 • BOE con fecha 13-06-2024 • Diario: publicado el día 28-06-2024 en el periódico Diario de Sevilla. • Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Dos Hermanas desde el 08-05-2024 hasta el 18-06-2024. CUARTO. Durante el período de información pública no se han presentado alegaciones. A los anteriores antecedentes de hecho les corresponden los siguientes. FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO. En virtud de lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 49 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía; el Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de Consejerías y el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Industria, Energía y Minas, la competencia para resolver los procedimientos administrativos de autorizaciones de las instalaciones eléctricas de alta tensión está atribuida a la persona titular de la Secretaría General de Energía. No obstante, mediante la Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía, dicha competencia ha sido delegada en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía, norma vigente en virtud de lo dispuesto en la Disposición transitoria segunda del citado Decreto 163/2022, de 9 de agosto. De este modo, en aplicación