EL CÓDICE

El diario con la información oficial

Año 2026
← Volver a El Códice
V · Anuncios
11 mar 2026

Extracto de la Resolución 3 de marzo de 2026, de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, por la que se convocan los Premios Plan Nacional de Resistencia a los Antibióticos, V edición, correspondientes al año 2026

Ministerio de Sanidad

BOE-B-2026-7476

—

Texto literal del BOE, sin resumir

BDNS(Identif.):891746 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/891746) Primero - Beneficiarios Cualquier persona física o jurídica que haya realizado alguna actividad que se enmarque en alguna de las líneas estratégicas del Plan Nacional de Resistencia a los Antibióticos, a partir del 1 de enero de 2021, y reúna los demás requisitos recogidos en el artículo 4 de las Bases reguladoras, antes de finalizar el plazo de presentación de las solicitudes. Segundo - Objeto La presente Resolución tiene por objeto convocar la concesión de las nueve modalidades de los Premios Plan Nacional de Resistencia a los Antibióticos, edición V, correspondientes al año 2026. Tercero - Bases Reguladoras Orden SSI/889/2017, de 15 de septiembre, por la que se crean los Premios Plan Nacional de Resistencia a los Antibióticos y se establecen las bases reguladoras para la concesión de los mismos (BOE núm. 228, de 21 de septiembre de 2017). Cuarto - Cuantía El importe máximo anual ascenderá a 36.000 euros. Con dicha dotación económica se otorgará un único Premio para cada una de las nueve modalidades convocadas, a razón de 4.000 euros cada una de ellas. Quinto - Plazo de presentación El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Sexto - Otros datos Las personas físicas podrán presentar sus solicitudes electrónicamente o en papel según lo dispuesto en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las personas jurídicas deberán presentar sus solicitudes electrónicamente, según se desprende de lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Cuando la solicitud se presente en papel por persona física, la instancia podrá presentarse en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y, en particular, en la Oficina de asistencia en materia de registro de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios. En el caso de que la solicitud se presente electrónicamente, podrá hacerse a través de la sede electrónica de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios https://sinaem.aemps.es/premiospran, de acuerdo con los medios de firma establecidos en el artículo 10.2 a). Madrid, 3 de marzo de 2026.- María Jesús Lamas Díaz. Directora de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.