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16 mar 2026

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental relativa al expediente de expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados por las obras de ejecución del Proyecto: "Mejora local. Construcción de tres glorietas. Carretera: N-340a p.k. 519+450, 520+650 y 521+150. Tramo: T.M. de Los Gallardos. Provincia de Almería". Clave: 39-AL-3620.

Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible

BOE-B-2026-8107

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Texto literal del BOE, sin resumir

Con fecha 12 de marzo de 2020, el Director General de Carreteras, aprobó provisionalmente el Proyecto de Trazado "Construcción de tres glorietas. Carretera N-340a, P.K. 519+450, 520+650 y 521+150", Obra Clave: 39-AL-3620; con fecha 25 de abril de 2022, la Ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana aprobó el expediente de información pública y, definitivamente el Proyecto de Trazado; con fecha 21 de julio de 2023, el Director General de Carreteras resolvió aprobar provisionalmente el documento complementario, por reposición del acceso al polígono 10 parcela 188, para su Información Pública; con fecha 26 de febrero de 2024, el Ministro de Transportes y Movilidad Sostenible, aprobó definitivamente el expediente de información pública del Proyecto de Trazado y documento complementario por reposición de acceso y el Proyecto de Trazado; y finalmente, con fecha 18 de septiembre de 2025, el Director General de Carreteras ha aprobado definitivamente el Proyecto de Construcción ordenando a esta Demarcación de Carreteras la incoación del expediente de expropiación de los terrenos necesarios para la ejecución de las referidas obras. Las resoluciones de aprobación provisional fecha 12 de marzo de 2020 y 21 de julio de 2023, declaran la urgencia del Proyecto y documento complementario por reposición de acceso, de conformidad con el art. 12.2 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras por lo que el expediente de expropiación se sustanciará por los cauces del procedimiento de urgencia. En consecuencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 98 de la Ley, de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, y según lo señalado en su artículo 52, esta Demarcación ha resuelto: PRIMERO: Incoar el expediente de expropiación forzosa. SEGUNDO: Publicar la resolución, el anuncio con la relación de interesados, bienes y derechos afectados, y los planos parcelarios de expropiaciones, en la página web del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, https://www.transportes.gob.es/el-ministerio/buscador-participacion-publica y en el tablón de anuncios de la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental, Avda. de Madrid, nº7, 18071-Granada y de la Unidad de Carreteras del Estado en Almería, sita en el Paseo de Almería nº41, 04001-Almería. También podrá consultarse en el tablón de anuncios físico y/o digital del Ayuntamiento de Los Gallardos. TERCERO: Convocar a los propietarios para que asistan al levantamiento de las actas previas a la ocupación que tendrá lugar en el Ayuntamiento de Los Gallardos, sito en la C/ Mayor, nº65; 04280-Los Gallardos (Almería), el día y hora que se especifica en la relación al final de este anuncio, sin perjuicio de trasladarse al terreno afectado, si se estima necesario. Del señalamiento se dará cuenta a los interesados mediante citación individual y a través de la inserción del presente anuncio en dos diarios de la provincia, en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería y en el Boletín Oficial del Estado. A tenor de lo previsto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la publicación en los Boletines Oficiales servirá como notificación a los posibles interesados no identificados, a los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos y a aquellos de los que se ignore su paradero. A dicho acto, deberán comparecer los titulares de los bienes y derechos que se expropian, por sí o representados por persona provista de poder debidamente autorizado, aportando los documentos acreditativos de su titularidad y el último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, pudiendo hacerse acompañar -a su costa- de Peritos y de Notario, si así lo estiman oportuno. Además, es de señalar que, conforme a lo previsto en los artículos en los artículos 17.2, 18 y 19.2 de la Ley, de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, esta Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental ha resuelt