Anuncio de la Dirección General de Energía del Departamento de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica de información pública sobre la solicitud de la autorización administrativa previa y de construcción y declaración de utilidad pública correspondiente a la ampliación de la subestación Castellbisbal con una reactancia de 100 MVAr, en el término municipal de Castellbisbal (FUE-2025-04973493).
Comunidad Autónoma de Cataluña
BOE-B-2026-8388
Texto literal del BOE, sin resumir
La citada ampliación se encuentra recogida en la Resolución de 10 de julio de 2025, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 8 de julio de 2025, por el que se aprueba el listado de actuaciones que se incorporan en el Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2021-2026 para aumentar la resiliencia de la red de transporte de energía eléctrica. («Boletín Oficial del Estado» número 168, de 14 de julio de 2025). En cumplimiento de lo que prevén el artículo 19 de la Ley 18/2008, de 23 de diciembre, de garantía y calidad del suministro eléctrico; el artículo 6 del Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el que se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas; el título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; y de acuerdo con la regulación establecida en los títulos VI y IX de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, se somete a información pública la solicitud de la autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración de utilidad pública, que lleva implícita la necesidad de ocupación urgente de los bienes y derechos afectados a los efectos previstos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de la siguiente instalación eléctrica: Peticionario: Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima Unipersonal, con domicilio social en el Paseo del Conde de los Gaitanes, número 177, 28109-Alcobendas (Madrid). Expediente: FUE-2025-04973493. Objeto: Solicitud de la autorización administrativa previa y de construcción y declaración de utilidad pública correspondiente a la ampliación de la subestación Castellbisbal con una reactancia de 100 MVAr, en el término municipal de Castellbisbal (FUE-2025-04973493). Características principales: El proyecto consiste en la instalación de una posición con una reactancia de 100 MVAr ocupando una posición de reserva en el parque de 220 kV de la subestación Castellbisbal. Este parque responde a las siguientes características principales: · Tensión nominal: 220 kV. · Tensión más elevada por el material: 245 kV. · Tecnología: AIS. · Instalación: convencional exterior. · Configuración: doble barra. · Intensidad de cortocircuito de corta duración: 40 kA. Elementos del aparellaje de nueva instalación: Interruptor automático, transformadores de intensidad, seccionadores de barras, seccionadores de puesta a tierra, pararrayos, aisladores de soporte y los sistemas de control y protecciones. Reactancia con puesta a tierra: · Tensión nominal: 220 kV. · Tensión más elevada por el material: 245 kV. · Potencia: 100 MVAr. · Conexión: Estrella. · Refrigeración: ONAN. · Estado del neutro: Rígido en el suelo. · Instalación: Convencional exterior. Los conductores del parque de 220 kV estarán dispuestos en tres niveles: · Embarrados bajos, conexiones entre aparatos a 6 m de altura. Se realizarán con tubos de aluminio. · Embarrados altos, barras principales de cable dúplex de aluminio-acero a 11 m de altura en configuración tendida. · Tendidos altos de cable dúplex de aluminio-acero a 16 m de altura en configuración tendida. Embarrados con tubo: Las características de los tubos destinados a la interconexión del aparellaje serán las siguientes: · Aleación: AlMgSiO, 5 F22. · Diámetro exterior/interior: 100/88 mm. · Sección total del conductor: 1.772 mm2. · Intensidad admisible permanente a 85º: 2.040 A. Los tubos no podrán ser soldados en ningún punto o tramo, por lo que se ha previsto que su suministro se realice en tiradas continuas y en tramos conformados, cortados y curvados en fábrica, debiéndose proceder a pie de obra tan sólo a su limpieza y montaje posterior. En todos los tramos superiores a 6 m se ha previsto la instalación en el i
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