EL CÓDICE

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Año 2026
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25 mar 2026

Extracto de la Resolución de 23 de marzo de 2026 de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2026-2027, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios

Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes

BOE-B-2026-9261

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Texto literal del BOE, sin resumir

BDNS(Identif.):894743 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/894743) Primero. Convocatoria Se convocan becas para estudiantes que en el curso académico 2026-2027 cursen enseñanzas postobligatorias con validez en todo el territorio nacional. Segundo. Beneficiarios Podrán solicitar las becas de esta convocatoria los estudiantes que no superen una determinada renta y/o patrimonio familiar, que cumplan unos determinados requisitos de aprovechamiento académico y se encuentren cursando algunas de las siguientes enseñanzas: 1. Enseñanzas postobligatorias y superiores no universitarias del sistema educativo español y con validez en todo el territorio nacional: a) Bachillerato. b) Ciclos de Formación Profesional de grado medio y de grado superior, incluidos los estudios de formación profesional realizados en los centros docentes militares. c) Enseñanzas artísticas profesionales. d) Enseñanzas deportivas. e) Estudios religiosos superiores. f) Estudios de idiomas realizados en escuelas oficiales de titularidad de las administraciones educativas, incluida la modalidad de distancia. g) Cursos de acceso y cursos de preparación para las pruebas de acceso a la formación profesional y cursos de formación específicos para el acceso a los ciclos formativos de grado medio y de grado superior impartidos en centros públicos y en centros privados concertados que tengan autorizadas enseñanzas de formación profesional. h) Ciclos Formativos de Grado Básico. 2. Enseñanzas artísticas superiores y enseñanzas universitarias del sistema universitario español cursadas en centros españoles y con validez en todo el territorio nacional: a) Enseñanzas artísticas superiores. b) Enseñanzas universitarias conducentes a títulos oficiales de grado y de máster, incluidos los estudios de grado y máster cursados en los centros universitarios de la defensa y de la guardia civil, así como los cursados en el Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional, O.A. c) Curso de preparación para acceso a la universidad de mayores de 25 años impartido por universidades públicas. d) Complementos de formación para acceso u obtención del título de máster y créditos complementarios para la obtención del título de grado. No se incluyen en esta convocatoria las becas para la realización de estudios correspondientes al tercer ciclo o doctorado, estudios de especialización ni títulos propios de las universidades. Para la concesión de beca en las enseñanzas universitarias y artísticas superiores será necesario que las tasas correspondientes deban ser abonadas a una universidad o centro español. Tercero. Solicitudes La solicitud se deberá cumplimentar mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Departamento en la dirección https://sede.educacion.gob.es o en www.educacionyfp.gob.es. Una vez cumplimentada la solicitud, deberá ser firmada por el interesado o su representante legal, en el caso de ser menor de 18 años, con cualquiera de los sistemas de firma electrónica aceptados por la sede electrónica y enviada por el procedimiento telemático establecido, quedando así presentada a todos los efectos. No serán tenidas en cuenta aquellas solicitudes cumplimentadas por vía telemática que no completen el proceso de presentación establecido, obteniendo el resguardo de solicitud que deberá ser conservado por el solicitante para acreditar, en caso de que resulte necesario, la presentación de su solicitud en el plazo y forma establecidos. El plazo para presentar la solicitud de beca tanto para estudios universitarios como no universitarios se extenderá desde el día 7 de abril de 2026, a las 8,00, hora peninsular, hasta el día 18 de mayo de 2026, a las 15,